FAQ Preguntas Frecuentes

Consulte las preguntas más frecuentes sobre el marcado CE aquí. Si no te aclaran tu duda no dudes en contactar con nosotros y uno de nuestros especialistas se pondrá en contacto contigo para cualquier aclaración que necesites.

El marcado CE es la evidencia proporcionada por el fabricante de que sus productos cumplen con los requisitos establecidos en las directivas de la UE (comúnmente denominadas “Directivas de nuevo enfoque”) que les son aplicables. La colocación del marcado CE en un producto permite su libre circulación dentro del Espacio Económico Europeo (EEE). La colocación del marcado CE en un producto permite su libre circulación dentro del Espacio Económico Europeo (EEE). Los procedimientos de evaluación de la conformidad de los productos con las normas de la directiva tienen como objetivo garantizar que los productos comercializados cumplen los requisitos expresados ​​en las políticas, en particular en lo que respecta a la salud y la seguridad de los usuarios y consumidores. Este cumplimiento se aplica no solo a las obligaciones esenciales, sino también a las obligaciones específicas establecidas en las directivas. La evaluación de la conformidad se basa en:
  • Actividades desarrolladas por el fabricante bajo el control de producción de la fábrica, incluido el diseño y desarrollo del producto, cuando corresponda
  • Las actividades llevadas a cabo por terceros (normalmente un organismo notificado), que pueden incluir, entre otros, ensayos de tipo iniciales y la aprobación del aseguramiento de la calidad o del sistema de producción, junto con las actividades del fabricante en el control de producción de la fábrica < / li>
  • Actividades desarrolladas por terceros (generalmente un organismo notificado), que pueden incluir, entre otros, exámenes de tipo iniciales y garantía de calidad o aprobación del sistema de producción, junto con las actividades del fabricante relacionadas con el control de producción en fábrica.
El marcado CE debe ser colocado por el fabricante o su representante autorizado establecido en la Comunidad y, excepcionalmente y con la debida justificación, por el responsable de la comercialización del producto en la UE.
El marcado CE es aplicable a todos los productos cubiertos por al menos una de las Directivas de nuevo enfoque. Por lo tanto, debe verificar si el producto que desea comercializar en el EEE se encuentra dentro de alguna de las directivas que exigen la colocación del marcado CE. La lista de categorías de productos cubiertas por el marcado CE se presenta a continuación: Por lo tanto, debe verificar si el producto que se comercializará en el EEE se encuentra dentro de alguna de las directivas que exigen el marcado CE. A continuación se muestra la lista de categorías de productos por marcado CE:
  • Aparatos de gas
  • Equipos y sistemas de protección destinados a su uso en atmósferas potencialmente explosivas
  • Artículos pirotécnicos
  • Ascensores
  • Calderas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos
  • Compatibilidad electromagnética
  • Dispositivos médicos implantables activos
  • Dispositivos médicos
  • Dispositivos médicos: diagnóstico in vitro
  • Ecodiseño y etiquetado energético
  • Embarcaciones de recreo
  • Emisiones de ruido
  • Equipos eléctricos de bajo voltaje
  • Equipo de protección personal – PPE
  • Equipos terminales de radiocomunicaciones y telecomunicaciones
  • Equipos a presión
  • Explosivos para uso civil
  • Instalaciones de teleférico diseñadas para transportar personas
  • Instrumentos de medición
  • Instrumentos de pesaje no automáticos
  • Productos de construcción
  • Recipientes a presión simples
  • Seguridad de la maquinaria
  • Seguridad de los juguetes
Los productos que no requieren el marcado CE incluyen:
  • Productos químicos
  • Cosméticos
  • Productos farmacéuticos
  • Alimentos
Consulte también « ¿QUÉ DIRECTIVAS Y REGLAMENTOS SON APLICABLES AL MARCADO CE DEL PRODUCTO?» & nbsp; NOTA: Dependiendo de la complejidad de los productos, las autoridades competentes suelen publicar posiciones oficiales y aclaraciones en el marco de un producto o familia de productos determinados, por ejemplo, que son las estructuras / componentes metálicos sujetos a la marca CE bajo el reglamento de productos de construcción. (Reg. EU 305/2011) de acuerdo con la norma EN 1090-1.
El marcado CE es un requisito para los productos comercializados en el mercado del Espacio Económico Europeo (EEE), independientemente de dónde se fabriquen. El EEE está formado por los Estados miembros de la Unión Europea (UE), por un lado, y por tres de los cuatro países de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA), por el otro: Liechtenstein, Islandia y Noruega (llamados países EEE-EFTA).
Alemania Croacia Estonia Hungría Liechtenstein Polonia Suecia
Austria Dinamarca Finlandia Irlanda Lituania Portugal
Bélgica Eslovaquia Francia Islandia Luxemburgo Reino Unido
Bulgaria Eslovenia Grecia Italia Malta República Checa
Chipre España los Países Bajos Letonia Noruega Rumania

Se listan a continuación las categorías de productos pertenecientes al ámbito de aplicación del marcado CE:

  • Aparatos a gas | Directiva 2009/142/CE
  • Aparatos y sistemas de protección para su uso en atmósferas potencialmente explosivas | Directiva 2014/34/UE
  • Artículos pirotécnicos | Directiva 2013/29/UE
  • Ascensores | Directiva 2014/33/UE
  • Calderas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos | Directiva 92/42/CEE
  • Compatibilidad electromagnética | Directiva 2014/30/UE
  • Productos sanitarios implantables activos | Directiva 90/385/CEE
  • Dispositivos médicos | Directiva 93/42/CE
  • Dispositivos médicos: diagnóstico in vitro | Directiva 98/79/CE
  • Ecodiseño y etiquetado energético | Directiva 2009/125/CE
  • Embarcaciones de recreo | Directiva 2013/53/UE
  • Emisiones sonoras | Directiva 2000/14/CE
  • Instalación eléctrica de baja tensión | Directiva 2014/35/UE
  • Equipos de protección individual – EPI | Directiva 89/686/CE
  • Aparatos de radio y equipos terminales de telecomunicaciones | Directiva 2014/53/UE
  • Equipos a presión | Directiva 2014/68/UE
  • Explosivos de uso civil | Directiva 2014/28/UE
  • Instalaciones de transporte por cable | Directiva 2000/9/CE
  • Instrumentos de medida | Directiva 2014/32/UE
  • Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático | Directiva 2014/31/UE
  • Productos de construcción | Reglamento CE 305/2011
  • Recipientes a presión simples |Directiva 2014/29/CE
  • Restricción a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (RoHS) | Directiva 2011/65/UE
  • Seguridad de máquinas | Directiva 2006/42/CE
  • Seguridad de los juguetes | Directiva 2009/48/CE

La declaración de conformidad de la UE se deberá emitir con anterioridad a la comercialización del producto.

En el ámbito del reglamento de los productos de construcción (Reg. CE 305/2011), a la declaración de conformidad se le denomina declaración de prestaciones. En la Directiva 2006/42/CE relativa a las máquinas, se prevé que la comercialización de «cuasi máquinas» se vea acompañada de una declaración de incorporación diferente de la declaración UE de conformidad.

Los criterios para la elaboración de la declaración de conformidad se recogen en el anexo III de la Decisión nº 768/2008/CE. Por otro lado, los criterios asociados a la declaración de prestaciones se recogen en el Reglamento Delegado UE nº 574/2014.

El fabricante se compromete a elaborar la documentación técnica en conformidad con los requisitos establecidos en las Directivas/Reglamentos aplicables a su producto. El contenido de la documentación técnica se establece, por lo tanto, en cada proceso de armonización de la Unión, en función de los productos en cuestión. Norma general, la documentación debe incluir registros/información sobre:

  • La descripción del producto y su uso previsto
  • El modo de fabricación del producto
  • Como se comprueba la conformidad del producto con la normativa pertinente aplicable
  • El lugar de fabricación y el de su posible almacenamiento
  • Diseño y fabricación de los productos
  • Qué directivas deben aplicarse al producto y evidencia del cumplimento de los requisitos de las mismas
  • Certificados de los modelos de examen realizados, si procede

Los elementos incluidos en la documentación dependerán de la naturaleza del producto y de lo que se considere necesario, desde el punto de vista técnico, para demostrar la conformidad del producto con los requisitos fundamentales de la legislación de armonización de la Unión pertinente o no con las normas armonizadas, en el caso de que se hayan aplicado, indicando los requisitos esenciales recogidos en las normas.

Para garantizar el cumplimiento de la legislación relacionada con el marcado CE y la seguridad de los productos, cada estado miembro de la UE designa a las entidades encargadas de dicho cumplimiento. Las entidades encargadas de la vigilancia del mercado y los métodos utilizados varían en función de las directivas aplicables a su producto. De forma genérica, estas entidades pueden supervisar el mercado, evalúan si un determinado producto cumple con los requisitos aplicables y cuando detectan casos de incumplimiento pueden decidirse a tomar medidas. Estas medidas pueden ir desde la aprehensión del producto, a su retirada del mercado o incluso multas.



El marcado CE debe colocarse de modo visible, legible e imborrable en el producto o en la correspondiente placa de identificación. No obstante, y si ello no fuese posible o poco aconsejable debido al carácter del producto, el marcado «CE» debe fijarse en el envase, en caso de que exista, y/o en los documentos adjuntos al producto.
marca marcado-ce
Siempre y cuando no consten requisitos adicionales en las directivas, la altura mínima exigida es de 5 mm.


El marcado CE puede asumir diferentes formas (por ejemplo, color, aspecto sólido/hueco), siempre que siga siendo visible, legible y respete sus proporciones. El marcado CE debe también ser indeleble, para que no pueda ser retirado fácilmente y sin dejar restos visibles.


Cuando un organismo notificado interviene en la fase de control de producción, su número de identificación debe acompañar al marcado CE.